Blog AMPPI No. 36. Los Bordados Indígenas y la Propiedad intelectual. Tradición vs Registro.

1 agosto, 2020

A continuación, presentamos la contribución de nuestra colaboradora invitada, la Lic. Paulina Luis – Castillo.

A continuación compartimos un fragmento de esta colaboración:

Los Bordados Indígenas y la Propiedad intelectual. Tradición vs Registro Por: Paulina Luis-Castillo Guerrero

El término apropiación cultural invade los periódicos y los sitios de internet cada vez que un diseñador “se inspira” en nuestro país e incorpora algún símbolo o bordado de nuestras comunidades indígenas en sus colecciones. Esta situación se ha repetido en varias ocasiones en los últimos años: primero, en el año 2015 cuando la diseñadora Isabel Marant comercializó una blusa con bordados mixtecos similar a un huipil, posteriormente en el 2017 cuando Christian Loubutain lanzó una bolsa decorada con bordados mayas llamada “MEXICABA” y, después en 2018, cuando siete piezas de la colección “Resort 2020” de Carolina Herrera reproducían bordados típicos de varias comunidades indígenas, por mencionar sólo algunos de los casos más mediáticos. Activistas, legisladores y representantes de las comunidades indígenas han buscado en la propiedad intelectual una respuesta a esta problemática, sin embargo y a pesar de los esfuerzos legislativos que se han realizado, como la reciente reforma a la Ley Federal de Derechos de Autor, a la fecha no existe un mecanismo eficiente que permita a las comunidades indígenas controlar y restringir el uso de sus símbolos y bordados.

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preciamos muchísimo la amable y gentil disposición de la Lic. Luis-Castillo.

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